domingo, 8 de noviembre de 2009

DURACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ACTUALES DE CONTRATACIÓN PÚBLICA



Como rúbrica a varios comentarios míos en torno a la imposibilidad de luchar contra la corrupción mediante la complejidad administrativa, les expongo la duración de cada uno de los diferentes tipos de contrato y su previsión temporal. No es por lucir conocimientos inútiles que lo hago, sino para dar a conocer un mundo muy complejo y en donde la circulación fluida es muy difícil.


Como verán los periodos son más que considerables, producto de las distintas fases por las que deben pasar obligatoriamente y que suponen controles de índole diversa, desde la transparencia exigida a través de la publicidad, incluso en los casos en que deben conocerse en el ámbito europeo (DOUE), la fiscalización a través de la intervención de cada administración, las firmas de autoridad o simplemente la extensa documentación con que debe completarse cada expediente (les ahorro el detalle, pero como dispongo de él, solo hace falta que me lo pidan. Allá ustedes). Los pasos que deben darse son numerosos y se los he anotado en dos procedimientos para que vayan reflexionando.


En el resumen adjunto se considera día uno el momento en que es entregada la documentación inicial para comenzar el procedimiento. Antes, claro está, hay un mundo oculto consistente en la preparación del objeto a contratar, los informes técnicos, la obtención de fondos, etc. Tiempo imposible de tabular, pero que les aseguro que cuesta lo suyo. Tampoco está, por razones igualmente obvias, el periodo posterior al contrato. Que no es moco de pavo. Las empresas adjudicatarias deben preparan el material a entregar, o elaborar el servicio de que se trate, entregarlo y recomenzar un procedimiento complementario de control para que se pague lo que realmente se ha hecho. Dudo que la última fase hasta la orden de pago efectivo dure menos de tres meses.


Ahí lo tienen:


1. Procedimiento abierto: 93 días/118 días si se publica en el DOUE (12 pasos)
2. Procedimiento restringido: 100 días/140 días si se publica en el DOUE
3. Procedimiento negociado con publicidad: 87 días
4. Procedimiento negociado sin publicidad: 73 días (10 pasos)



El significado real no debe ser extraño para nadie, ni incluso a quien está en mundos profesionales alejados de contratos, suministros, obras, etc. Simplemente el cuadro expresa la lentitud con que la administración funciona a causa del sistema de control y de pautas administrativas. Todo ello es producto de la voluntad política para que así sea, de modo que además de la necesidad obvia de pautar procedimientos (algo que no discuto en absoluto), se dificulten las malas artes. El corolario obligado es que los gestores honrados, la inmensa mayoría, deben pagar peajes complementarios al hipotético procedimiento racional. Les aclaro que además de todo eso, existen controles auditores a final de ejercicio, existe la Sindicatura de Comptes, existe la Oficina anti-fraude, existe el control parlamentario y probablemente algunos otros que desconozco ocultos para actuar por sorpresa.


En definitiva si ustedes necesitan adquirir algún material o servicio deben preveer un periodo de más 5 meses entre la decisión y la obtención de lo requerido. Otra consecuencia es que el maldito periodo anual en que las administraciones viven (presupuesto anual) no es tal, puesto que si se necesitan tantos meses para conseguir lo necesario, a partir de septiembre no vale la pena pensar en ello. Lógicamente existen modalidades que permiten recuperar un cierto aliento en esa carrera de obstáculos, materiales y servicios homologados en precio y empresa a los que se puede acceder con mayor comodidad, los abastecimientos energéticos, agua, etc. que difieren en la forma de acción y un largo etcétera. También determinados productos de bajo coste que se pueden adquirir directamente y que tienen controles a posteriori. Pero en definitiva, si ustedes son gestores de un servicio deben saber que las necesidades no pautadas (e incluso algunas muy pautadas y reiterativas) van a costar dios y ayuda conseguir. Como final, el tiempo de tramitación puede variar ligeramente según el tipo de administración y su dimensión, cuanto más grande, mayor dificultad. O por su caracterización jurídica, una empresa pública , por ejemplo.


No cito, ni por asomo, el coste de producción de toda esa maquinaria, profesionales, tecnología, etc., necesarios para que funcione el sistema. No es el momento.


Otra consecuencia nefasta, pero que debo admitir imprescindible para la sobrevivencia básica, es la picaresca con que los gestores actúan a menudo. Se trata de realizar el procedimiento teóricamente racional (y honrado) por un lado (racional, pero no legal), mientras se hace con más tranquilidad el procedimiento, digamos, oficial. El conjunto de posibilidades para ello puede ser inmenso, pero les aseguro que si algo o alguien es necesario llega a la hora, aun cuando el procedimiento esté en sus primeras fases. Ningún gestor en su sano juicio reconocerá esto en público, pero en privado y con varias copas se puede pasar un buen rato oyendo aventuras de todo tipo.


Este asunto que he citado es de enorme importancia puesto que demuestra que la normativa salta hecha pedazos cuando la necesidad aprieta, puesto que su exceso no aguanta el mundo real. Los controladores llegan a entender la situación y a torearla con el método de o no mirar o de mirar a otro lado. Créanme, es así como funciona. Por lo tanto, en esa situación un corrupto puede fácilmente ser tomado por alguien muy necesitado de una cierta prisa. O al revés, cosa que también pasa.


Siempre digo que esos diputados federales o autonómicos que legislan sobre la contratación deberían pasar por el arco caudino de la gestión pública dura, un servicio fuerte y con exigente demanda. Entenderían el valor del tiempo y ofrecerían normativas más equilibradas.


También he afirmado que en el mundo de la gestión hay que asumir algún riesgo, incluso con los hipotéticos corruptos, puesto que la alternativa es enredarse con las tupidas redes anti-mafia. Recuerden que a menudo aparece una frase exigente o denunciante con la administración o con gestores concretos: ¿por que tardan tanto? En la mayoría de casos es porque así es el procedimiento obligatorio.


En fin, espero haberles abierto los ojos frente a un problema que limita extraordinariamente la gestión de la cosa pública y que exige una capacidad planificadora sin lugar a dudas ejemplar. Termino reafirmando que nada de lo dicho niega la necesidad de un procedimiento pautado, ni de controles racionales. Pero la realidad impone unos límites que para mi hoy están sobrepasados.



Lluís Casas administrador



Radio Parapanda. Antonio Lettieri:
Bersani dice una cosa di sinistra